RECOPILADO POR JUSTICIA Y DEMOCRACIA, DE MEDIOS PÚBLICOS DE
COMUNICACIÓN SOCIAL
El Tribunal Supremo
declara abusivas 32 cláusulas en hipotecas
22/01/2016 - 6:00
·
La sentencia fija los criterios de protección de los
consumidores en diferentes materias
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El Tribunal Supremo considera abusivas 32 cláusulas de contratos
hipotecarios de BBVA y Banco Popular, tras una acción colectiva interpuesta por
la OCU. La
sentencia exige modular, en función de la duración y cuantía de una hipoteca,
las cláusulas de vencimiento anticipado, que facultan a la entidad bancaria a
pedir anticipadamente la devolución de la totalidad del préstamo por el impago
de una parte de cualquier cuota. "No permite al consumidor evitar su aplicación
mediante una conducta diligente de reparación y posibilita la resolución del
préstamo por el incumplimiento de un solo plazo, incluso parcial",
subraya.
El Supremo rechaza, así, la validez general de esta cláusula y
apela a las circunstancias particulares de cada caso para declararlas nulas,
por abusivas. Sin embargo, la sentencia, de 23 de diciembre de 2015, apunta que
"la nulidad no siempre conllevará el sobreseimiento de la ejecución
hipotecaria".
El fallo destaca que "la tutela de los consumidores aconseja
evitar interpretaciones que, bajo una apariencia de máxima protección, tengan
como consecuencia paradójica la restricción del acceso al crédito hipotecario
y, derivadamente, a la adquisición de vivienda en propiedad". Además,
invoca el principio de equilibrio y alerta de "lo inadecuado de obligar a
las entidades, ante comportamientos de flagrante morosidad, a acudir en
exclusiva al procedimiento declarativo para obtener la resolución del préstamo,
con cierre de la vía ejecutiva especial prevista".
El Supremo recuerda que, de no acudir a esta vía ejecutiva
especial, se privaría al deudor de "las ventajas" que contiene este
procedimiento. En este sentido, apunta a la posibilidad de la fijación de un
límite de tasación para la subasta o las posibilidades de liberar la vivienda.
Costes para los titulares
La sentencia del Supremo considera nulas todas aquellas cláusulas
que "imponen al consumidor todos los costes derivados de la concertación
del contrato como consecuencia de la intervención notarial y registral y el
pago de los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco, como sucede en
determinados hechos imponibles del Impuesto de Actos Jurídicos
Documentados". Además, el magistrado Vela Torres, ponente del fallo,
también rechaza todas aquellas que impongan al cliente el pago de los gastos
procesales o de los honorarios de abogado y procurador que contrate la entidad
bancaria.
Por otra parte, el Tribunal mantiene, en materia de interés de
demora, la declaración de nulidad de los tipos fijados que sean considerados
abusivos. También mantiene su criterio en cuanto a las cláusulas suelo, que son
abusivas cuando no cumplen los requisitos de transparencia aplicables.
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El Supremo da la razón a OCU: 32 cláusulas de BBVA y Popular,
abusivas
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El Supremo da la razón a OCU: 32 cláusulas de BBVA
y Popular, abusivas
21 enero 2016
Buenas noticias para los consumidores: OCU consigue que el Tribunal
Supremo declare abusivas 32 cláusulas de contratos bancarios de BBVA y Banco
Popular. Por fin el Popular se verá obligado a eliminar la cláusula suelo de
sus contratos y devolver lo cobrado de más.
Nuevo éxito
judicial de OCU: el Tribunal Supremo ha desestimado los recursos presentados
por BBVA y Banco Popular contra la sentencia de la Audiencia Provincial
de Madrid, y ha confirmado la nulidad de 32 cláusulas de
diversos contratos bancarios de las dos entidades.
Un
largo proceso
·
En
2011 OCU presentó una demanda para solicitar la nulidad de múltiples cláusulas
de diversos contratos de BBVA y Banco Popular, que conllevó la anulación de 22
cláusulas.
·
Posteriormente,
en julio de 2013, la
Audiencia Provincial de Madrid consideró abusivas 10
cláusulas adicionales de dichos contratos.
·
Ahora,
por fin, el Tribunal Supremo ha ratificado esa sentencia,
confirmando la nulidad de un total de 32 cláusulas.
El
Popular debe eliminar el suelo y devolver el dinero
Entre otras, el Supremo ha confirmado la nulidad de la
cláusula suelo del Banco Popular. Esto tiene especial relevancia, pues este
banco se ha venido negando sistemáticamente a eliminar la cláusula suelo a sus
clientes, esgrimiendo que eran cláusulas legales ya que cumplían los requisitos
de transparencia. Sin embargo, ahora el Supremo confirma que no es así y que la
cláusula suelo del Banco Popular tampoco es transparente y por tanto es abusiva
y, como tal, nula.
El Banco
Popular, una
vez notificada la sentencia, deberá proceder a la supresión de la cláusula suelo a todos sus
clientes y a devolvertodas las cantidades cobradas de más (al
menos desde el día 9 de mayo de 2013, siguiendo el criterio fijado por el
Supremo).
No obstante,
OCU al igual que la Comisión Europea en
su informe de 13 de julio de 2015, está a favor de la devolución de todas las cantidades pagadas de más
por los consumidores desde la firma del préstamo. Esperamos que
próximamente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
confirme este criterio.
Combate
con OCU la cláusula suelo y reclama
La práctica
totalidad de las cláusulas suelo no superan los requisitos de transparencia
fijados por el Supremo y están siendo declaradas nulas en muchas sentencias.
Pese a ello, la banca se ha negado a dejar de aplicar el suelo a sus clientes
de manera voluntaria y generalizada: solo lo hacen en casos concretos y
obligadas por sentencias judiciales. En OCUno nos conformamos y te ayudamos a reclamar en los
tribunalesa un coste razonable
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