Fuente.- SUPERCONTABLE_
Seguridad Social
Cómo elevan los autónomos su pensión en los últimos años
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El 93% de los autónomos menores de 47 cotiza por la base mínima,
correspondiente a unos ingresos mensuales de 893 euros al mes. Este porcentaje
cae al 63% en los mayores de 61 años.
MADRID
La mitad de los 3,16 millones de trabajadores autónomos que
cotizan en España tiene menos
de 47 años. Y, de este colectivo, el 93% cotiza a la Seguridad
Social por la base mínima de cotización.
En otras palabras, esto
quiere decir que nueve de cada diez autónomos menores de 47 años en España
estaría declarando a la Seguridad Social que gana como mucho 893 euros al mes
(10.716 euros al año), que es la cuantía de la base mínima de cotización del
Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Sin embargo, a medida
que los autónomos van cumpliendo años y aproximándose a la jubilación, van
aumentando su base
de cotización.
De
esta forma, dado que la pensión
de jubilación se
calcula en función de lo aportado por el trabajador a través del tipo de
cotización por contingencias comunes (26,50%) que se aplica a la base
reguladora de los últimos años de la vida laboral (en 2016 de los últimos 19
años cotizados), cuanto mayor es esa base, mayor será la cuantía de la pensión.
Así, el porcentaje de autónomos de entre
48 y 50 años que
sigue cotizando lo mínimo es inferior, el 84%, aunque sigue siendo elevada.
Pero entre 51 y 55 años,
ya son el 76%, los que mantienen la aportación mínima y uno de cada tres ya ha
aumentado su base de cotización. Entre
56 y 60 años, los
autónomos que siguen declarando ingresos mínimos a la Seguridad Social caen al
65% y entre los que están en la recta final para jubilarse, con entre 61 y 65 años,
se recorta al 63%.
Así, en los años
próximos a la jubilación casi cuatro de cada diez autónomos
declaran que ganan más ingresos que los correspondientes a la base mínima.
Bien es cierto que la ley limita la base máxima
por la que los autónomos pueden cotizar a partir de los 47 años, para evitar
las ‘compras’ de pensiones de mayor cuantía, en los últimos 19 años de
cotización que son los que se tienen ahora en cuenta para calcular la
prestación.
Así, mientras que los
menores de 47 años pueden escoger la base de cotización –y cambiarla hasta dos
veces al año– entre los 893,10 euros y 3.642 euros mensuales, los que ya hayan
cumplido esa edad tendrán la base máxima topada en 1.964 euros mensuales.
A partir de aquí, y
siempre que la última cotización del autónomo sea superior a los 1.945 un euros
un 1%, siempre con el tope
de los 1.964 euros.
·
Limitación
justificada
De esta forma y ante el
aumento de la base en los últimos años por parte de los autónomos, la
limitación legal de las aportaciones máximas encuentra plena justificación,
para acotar el citado efecto de compra de una
prestación de mayor cuantía. Es más, este comportamiento de los trabajadores
autónomos indica que el
aumento de sus bases viene
claramente determinado por su edad y no por la evolución de sus ingresos.
Esto introduce interrogantes en el debate que está sobre la mesa
desde hace dos o tres años, para acometer un cambio en profundidad de la
cotización de los autónomos, para que puedan cotizar por sus ingresos reales
declarados y dejen de poder escoger su base de cotización. Elegir la base de cotización
antes de los 47 años es
precisamente lo que les permite cotizar por lo mínimo en los años en los que su
aportación no se tiene en cuenta a la hora de calcular la pensión y elevarla en
los años que si computan para fijar la cuantía de esta prestación.
Entre los partidarios de
que los autónomos cotice por sus ingresos reales –algo bien visto, por cierto,
por los cuatro principales partidos en la pasada campaña electoral– están,
sobre todo, aquellos cuyos ingresos reales no llegan siquiera a la base mínima
de cotización.
Si bien, de producirse
este cambio, según
cálculos de la asociación de autónomos ATA, habría alrededor de 700.000 trabajadores por
cuenta propia que ahora ganan más de 30.000 euros y que cotizan por la base
máxima, a los que se les elevaría considerablemente su aportación a la
Seguridad Social.
Prestaciones más bajas por menores aportaciones
Es muy habitual que
algunas asociaciones de trabajadores autónomos se quejen de las menores cuantías de las
pensiones de este
colectivo en comparación con las de los asalariados. De hecho, la pensión media
de jubilación del régimen general ascendía
a finales de 2015 a 988 euros al mes (en la actualidad ya ha superado los
1.000 euros) frente a una pensión media de 623 euros en los trabajadores
autónomos, un 37% inferiores.
Sin embargo, las aportaciones de los
autónomos también son inferiores. Así, la base media de
cotización de los trabajadores asalariados fue el pasado año de 1.783,73 euros
al mes, mientras que la de los autónomos fue de 1.046 euros. Esto supone que la
base media de los asalariados del Régimen General y, por tanto su aportación,
es un 41% superior a la de los autónomos.
Asimismo, el número de años que trabajan los autónomos de media es
muy inferior al de los trabajadores por cuenta ajena. Según los últimos datos
del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, el 71% de los asalariados tiene
más de 35 años cotizados en el momento de acceder a la jubilación;en
comparación con el 57% de los autónomos que ha superado esos 35 años cotizados.
Otro dato que indica estas
menores aportaciones el porcentaje de trabajadores que cobra complementos a mínimos,
porque ha cotizado lo mínimo exigido pero con ello no llega a la pensión
mínima. En este caso, el 39% de los autónomos cobra estos complementos a
mínimos frente al 23% de los asalariados.
Esta situación hace que
los autónomos busquen otras
fórmulas para incrementar su pensión. Así, son el 16% de las
nuevas jubilaciones demoradas más allá de los 65 años y el 84% de los que
compatibilizan salario y pensión.
CincoDias |
Gracias por la lectura
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