En un
informe al Tribunal Europeo dice que si son nulas hay que restituir lo cobrado
desde el inicio, el documento no es vinculante
FUENTES.-
La Comisión
Europea cree que se debe devolver todo el dinero de las cláusulas suelo
En un
informe al Tribunal Europeo dice que si son nulas hay que restituir lo cobrado
desde el inicio, el documento no es vinculante
La Comisión Europea ha enviado un informe al Tribunal de Justicia
de la Unión Europea en el que considera que las entidades bancarias deberían
devolver el dinero cobrado a sus clientes desde la firma de sus hipotecas si
las cláusulas suelo son declaradas nulas. Esta mera «opinión jurídica» de la
Comisión no es, sin embargo vinculante, es decir, que no tendrá un efecto
práctico inmediato para los usuarios como sí lo tendría la futura sentencia del
Tribunal Europeo (que no espera inminente) sobre las consultas recibidas desde
un juzgado de lo Mercantil de Granada y desde las Audiencias Provinciales de
Álava y Cantabria.
Cualquier tribunal de un país miembro puede preguntar al Tribunal
Europeo -es lo que se conoce como «cuestiones prejudiciales»- si una resolución
de un órgano superior nacional se opone al derecho comunitario. Eso es
precisamente lo que en España han hecho las citadas instancias: trasladarle su
duda sobre la sentencia del Supremo que anuló las cláusulas suelo de BBVA,
Abanca y Cajamar, pero que limitaba la retroactividad a mayo del 2013, es
decir, que los clientes afectados solo podrían recuperar el dinero que se les
cobró indebidamente hasta esa fecha y no desde la firma de la hipoteca.
El Supremo argumentó en su momento el riesgo que una retroactividad
completa tendría para la solvencia de las entidades, tesis que secundó el
Gobierno.
Nulo desde el origen
El Tribunal Europeo tiene que responder a la cuestión planteada:
si algo es nulo, lo es desde su inicio. Para hacerlo, pidió informes a varios
países de la UE (incluyendo España), así como a la Comisión, que en un
documento de alegaciones fechado en septiembre, sostiene que «el cese en el uso
de una determinada cláusula declarada nula por abusiva [...] como consecuencia
de una acción individual ejercitada por un consumidor no es compatible con una
limitación de los efectos de dicha nulidad, salvo que dicha limitación sea
necesaria para preservar el principio de cosa juzgada».
La traducción de lo anterior se resume en que si una cláusula
suelo es nula, lo es efectivamente desde su inicio y no desde una fecha
aleatoria decidida por un tribunal, como es el caso de la citada sentencia del
Supremo (mayo del 2013). BBVA, Abanca y Cajamar, sin embargo, quedarían
excluidas de una potencial revisión de la retroactividad, puesto que ya se han
juzgado y, para no crear inseguridad, no se podrían modificar.
Pero sí que se verían afectadas, en caso de que el Tribunal
Europeo siga la misma corriente de opinión de la Comisión, todas las cláusulas
que se declaren nulas -y en firme- ahora. Entre ellas está el caso de la macro
demanda de Adicae -15.000 afectados contra 101 entidades financieras- vista
para sentencia en un juzgado de lo Mercantil de Madrid, aunque sería
recurrible. Sabadell y Popular serían las entidades más perjudicadas.
Un enorme roto para la banca
Este incierto futuro es el que ha disparado los nervios de la
banca y explica, por ejemplo, la decisión de entidades como Caixabank, de
eliminar «voluntariamente» los suelos que perviven en sus hipotecas. Tratan de
esquivar la posible retroactividad total que imponga Luxemburgo pactando con
los afectados suprimirlas a cambio de que no pleiteen. Porque un acuerdo con
los afectados neutraliza cualquier reclamación de retroactividad. Y ahí es
donde está actuando la banca.
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