domingo, 29 de marzo de 2015

CONFIRMACION DE LA ULTIMA NOTA SOBRE EL FONDO DE GARAANTIA DE DEPOSITOS.

José Ortega y Gasset ,22. 28006 Madrid. Tlf. 914316645. Fax 915755728.Web www.fgd.es. E-mail:fogade@fgd.es
FGD Fondo de Garantía de Depósitos
de Entidades de Crédito
De interés para los titulares de depósitos dinerarios en Banco de Madrid, S.A.U.
Nota de prensa – Madrid 18 de marzo de 2015
El Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito informa a los titulares de depósitos dinerarios de Banco de Madrid, S.A.U. que, con fecha 18 de marzo de 2015, el Banco de España ha determinado que, habiéndose producido el impago de depósitos dinerarios vencidos y exigibles, Banco de Madrid, S.A.U. se encuentra en situación de imposibilidad de restituirlos, sin que tenga perspectivas de poder hacerlo en un futuro inmediato.
Por tanto, una vez conocida la decisión del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria de no proceder a instar la apertura del proceso de resolución de la entidad y de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito ha de satisfacer a los titulares de depósitos dinerarios los importes garantizados en los términos fijados reglamentariamente.
Se recuerda que, según el artículo 10 del citado Real Decreto-ley, los depósitos existentes en Banco de Madrid, S.A.U. se encuentran garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito, hasta un límite máximo de 100.000 euros por titular de depósito dinerario.
Una vez verificada la información sobre los depósitos dinerarios, el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito se dirigirá próximamente a todos y cada uno de sus titulares para proceder al pago de los importes garantizados, subrogándose en los derechos de dichos titulares por las cantidades satisfechas.
El Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito procederá a efectuar los pagos con la máxima celeridad, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
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